Abogado para el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil en California

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Estatus Especial de Inmigrante Juvenil – El Bufete Castro puede Ayudarle

Los menores indocumentados que sufren abusos, negligencia o abandono por parte de sus padres no tienen por qué
resignarse a años de dolor y sufrimiento. Pueden buscar refugio solicitando el “Estatus Especial de Inmigrante Juvenil”
(SIJS). Si un menor indocumentado obtiene el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil, puede optar a una tarjeta verde
que le permita permanecer en Estados Unidos como residente legal permanente.

Los abogados especializados en casos de menores inmigrantes del Bufete Castro están listos y capacitados para
ayudar a los menores indocumentados durante esta situación difícil y emocionalmente desafiante. Un abogado SIJS
en California afiliado a nuestro bufete posee un profundo conocimiento de cómo abordar estos casos difíciles. Nos
enorgullece trabajar estrechamente con todas las partes implicadas para preparar los expedientes judiciales
necesarios y la documentación relacionada para intentar garantizar un proceso sin problemas (teniendo en cuenta las
circunstancias). Un abogado de familia de California de nuestro bufete también gestionará y coordinará todas las
comunicaciones con los representantes del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)
durante el proceso de revisión de la solicitud SJIS.

Nuestra experiencia en Derecho de Familia y SIJS

Jeremy Castro posee una comprensión única de la importancia y la sensibilidad asociadas con la obtención del Estatus
Especial de Inmigrante Juvenil. Antes de lanzar el Bufete Castro, Jeremy trabajó en el Centro Jurídico contra la
Violencia Doméstica en Oakland y adquirió una valiosa experiencia trabajando bajo Roberta Laub-Rode con Amigos
Immigration en San Rafael. Mientras trabajaba en Amigos Immigration, Jeremy proporcionó asesoramiento jurídico y
asistencia a múltiples clientes que se preparan para los procedimientos SIJS California en los condados y jurisdicciones
en toda el área de la Bahía de San Francisco.

Comprender la elegibilidad del SIJS

Para poder optar al Estatus Especial de Inmigrante Juvenil, un tribunal de familia de California deberá determinar
formalmente que el menor indocumentado fue abandonado, desatendido o maltratado por uno de sus progenitores o
por ambos. Una vez tomada esta decisión, el tribunal de familia deberá determinar que la reunificación con el
progenitor o progenitores del menor indocumentado no se debe producir, ya que no redundaría en beneficio del
menor indocumentado.

Otro criterio de vital importancia para determinar la admisibilidad al SIJS es la edad del menor indocumentado.
Incluso en situaciones en las que se cumplen los demás requisitos del SIJS, solo es posible obtener el Estatus Especial
de Inmigrante Juvenil cuando se considera que alguien es menor de edad legal. Por ejemplo, el Servicio de Aduanas e
Inmigración de EE.UU. (USCIS) fijó en 21 años la edad máxima para solicitar el SJIS. Sin embargo, es importante tener
en cuenta que algunos estados solo permiten tramitar solicitudes SJIS cuando el solicitante es menor de 18 años.
Además de ser menor de edad, el solicitante viable del SJIS debe ser soltero y vivir actualmente en Estados Unidos.

Obtención de una orden judicial admisible

Para obtener el SIJS, un tribunal de familia de California tendrá que emitir inicialmente una orden en la que se
determine lo siguiente:
 El menor indocumentado depende del tribunal o es puesto bajo la custodia de una agencia o individuo por el
tribunal;
 El menor indocumentado no debe ser reagrupado con uno de sus progenitores debido a pruebas de maltrato,
negligencia y/o abandono; y
 Al menor indocumentado no le conviene ser devuelto a su país de origen para reunirse con sus padres debido
a las mencionadas pruebas de maltrato, negligencia y/o abandono.

Una vez que se dicte una orden judicial que reúna los requisitos, el abogado del menor indocumentado deberá
presentar una petición mediante el formulario I-360 ante el USCIS. A continuación, se detallan los requisitos de
elegibilidad:
 El solicitante es menor de 21 años en la fecha de presentación de la solicitud;
 El solicitante no está casado; y
 El solicitante reside en Estados Unidos en el momento de presentar la solicitud

Abordar el maltrato, la negligencia o el abandono

Uno de los aspectos más difíciles y desgarradores de los casos SJIS es la desafortunada realidad de que los menores
indocumentados que reúnen los requisitos han sido objeto de abusos mentales y/o físicos, negligencia e incluso
abandono por parte de uno o ambos progenitores. Representar adecuadamente a menores indocumentados en este
tipo de casos requiere un nivel incomparable de compasión y apoyo. El nivel de cuidado y atención proporcionado a
los clientes de SJIS es un punto de orgullo para el Bufete Castro. Respetamos las sensibilidades inherentes asociadas
con estos casos desafiantes y trabajamos incansablemente para obtener un resultado positivo para nuestros clientes.

Determinación del interés superior

Cuando un tribunal de familia está evaluando el interés superior de un menor indocumentado durante un
procedimiento SIJS, los jueces suelen utilizar dos principios rectores para tomar la decisión: (i) la seguridad, la salud y
el bienestar del menor indocumentado y (ii) si hay un beneficio cognoscible para el menor indocumentado en la
reunificación con su padre, o padres.

Como resultado de estas determinaciones, el tribunal debe convertir al menor en dependiente del tribunal o ponerlo
bajo la custodia de una parte no parental. Las partes no parentales incluyen agencias estatales, tutores aprobados por
el tribunal y otros miembros de la familia.

Procedimientos de tutela y custodia

En los procedimientos del SIJS, es necesario abordar la cuestión de la tutela y/o custodia del menor indocumentado.
Cuando se trata de SIJS y la tutela, si un menor indocumentado ya tiene un cuidador disponible (que no sea uno de los
padres), entonces ese cuidador puede tener motivos para ser nombrado tutor o custodio del menor indocumentado.
También puede ser una opción para los menores indocumentados entregados al cuidado de un patrocinador de la
Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR), un componente del Departamento de Salud y Servicios Humanos de
Estados Unidos.

Además de la tutela, la adopción por un cuidador no parental es una posibilidad en el contexto de los procedimientos
del SIJS. De forma similar a la tutela, la adopción SIJS se puede producir cuando un tribunal de familia es capaz de
poner al menor bajo la custodia de una persona (es decir, el futuro padre adoptivo) y, por lo tanto, ser capaz de emitir
una orden de establecimiento de hechos SIJS si no es en el mejor interés del menor indocumentado perseguir la
reunificación parental.

Contáctenos para una consulta

Si tiene preguntas o está buscando asesoramiento sobre el proceso SIJS en California, póngase en contacto con el
Bufete Castro [Law Offices], P.C. hoy mismo. Un abogado de SJIS en California está listo para ayudarle durante este
momento difícil y desafiante en su vida. Nuestro bufete tiene su sede en Novato, California, pero puede proporcionar
servicios legales eficaces en Corte Madera, Fairfax, Greenbrae, Larkspur, Mill Valley, Ross, San Anselmo, San Rafael,
Sausalito y West Marin, y en cualquier otro lugar en el condado de Marin.

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